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LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ESCARAMUZAS 2NDA PARTE ABRIL 21, 2003 En
la primera parte nos referimos a las modificaciones en cuanto a
vestuario y arreos, donde pudimos observar hubo algunos cambios en
cuanto a los colores de arreos, telas de vestidos, etc., toca el turno
ahora a lo referente a las competencias. Así tenemos: CAPITULO
I El
artículo 2 del Reglamento Oficial de Competencia para Escaramuzas
Charras señala que serán competencias oficiales las que convoque
la Federación Mexicana de Charrería como son: CAMPEONATO
NACIONAL Las
competencias antes mencionadas son organizadas por las sedes oficiales,
calificadas por miembros del colegio Nacional de Jueces y avaladas
por la Federación Mexicana de Charrería, A.C.
El
artículo 6 inciso a) agrega que las 4 hojas de calificación que la
capitanía debe entregar a las jueces media hora antes del evento deberá
llevarlas preparadas cada una
adjuntando papel carbón 4 copias extra de la hoja de calificación,
parea agilizar la entrega de las calificaciones. Es decir, ya no es
necesario copiar las hojas, pues las jueces entregarán una copia al
carbón a la capitana al darle la calificación. Se
agregó un último párrafo que indica que la
escaramuza que no se presente con sus credenciales que amparan su previa
incorporación a la Federación Mexicana de Charrería, A.C., quedará descalificada.
*Se recomienda tener mucho cuidado de que les entreguen a tiempo
las credenciales. Acuérdense que la delegada debe tramitarlas ante
Federación con suficiente anticipación para que esta las envíe
oportunamente. Se
derogó el anterior artículo 12 que prohibía aceptar invitaciones al
lienzo sede 30 días antes de los campeonatos estatales o regionales y
en el caso del nacional, a partir del lanzamiento de la convocatoria.
Esto es: Se pueden aceptar sin
ninguna sanción invitaciones para presentaciones, clínicas o
exhibiciones individuales o de grupo en cualquier tiempo antes de un
campeonato. El
artículo 17 agrega que la presentación de la rutina será con música
tradicional. El
artículo 23 establece que si la escaramuza no se presenta a tiempo para
la revisión de arreos será acreedora a una sanción de -6 puntos,
teniendo que ser revisadas junto con su cabalgadura
por las jueces al terminar la actuación o cuando éstas lo
consideren pertinente. No se sancionará si los caballos no lleguen
a tiempo para la revisión de arreos por algún problema con el
transporte. *Aquí
se deja en libertad a las jueces de decidir cuando revisan los arreos. Es
importante preguntarles desde el principio si los revisan antes o después
de la actuación. En
el artículo 24 se prevé que si una escaramuza presta a otra sus
caballos al momento de la revisión de arreos una estará montada y la
otra a pie. No especifica quien
debe desfilar o no. En
el artículo 26 se establece que cuando haya alteración de alguna
credencial de Federación quedará descalificado el equipo. *
Esto es nuevo, así que procuren cuidar muy bien sus credenciales. Se
eliminó el artículo 26 del reglamento anterior que establecía que la
escaramuza que no respetara el rol de los locutores quedaría
descalificada. Ahora no está
sancionado el hecho de que actúe como locutor quien desee la escaramuza. En
el artículo 27 se establece como sanción para la competidora que no
acate la disposición de competir únicamente con el equipo con que se
definió oficialmente en su primera competencia quedará
descalificada de la competencia en que esto suceda. *
Esto trae como consecuencia que queden sólo 7 elementos (si no se
cuenta con suplente), y por lo tanto, la descalificación de todo el
equipo. Se
derogó el artículo 32 del anterior reglamento que obligaba a la
capitana a enviar la hoja de “su opinión nos interesa” a Federación. * Esto ya no se usaba. En
el artículo 41 se eliminó lo relativo a la disparidad en las
calificaciones que se encontraba entre paréntesis. El
artículo 42 menciona que la juez responsable deberá entregar las
copias de papel carbón a la capitana.
El
artículo 43 ordena como obligación de la sede absorber la cuota de
mensajería para el envío del reporte y originales de hojas de
calificación.
Se
derogó el anterior artículo 51 que hablaba de los entrenadores
reconocidos por la Federación. Los
artículos del 50 al 58 repiten todo lo relativo a vestuario y arreos.
Por
hoy es todo. En el próximo editorial comentaremos el capítulo III
referente a la actuación y la rutina. Suerte
para todas! Fue
un placer estar con ustedes. Raquel. Abril
21 de 2003.
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