REGLAMENTO OFICIAL
PARA DAMAS Y ESCARAMUZAS CHARRAS 2008
Artículo 1.- El
desconocimiento del presente reglamento no justifica a las capitanas,
competidoras, instructoras (es), familiares y acompañantes, el
incumplimiento del mismo. Cualquier falta al reglamento de cualquiera de
las personas antes citadas causará que la escaramuza a la que
pertenezcan, entrenen y acompañen sea sancionada de acuerdo al presente
reglamento. Artículo 2.- Se entiende por atuendo al vestuario y arreos charros que en su totalidad porta una dama charra; niña o adulta en competencias oficiales y amistosas, concursos de presentación y su uso en eventos sociales. Existen tres tipos de vestuario: 1.- Vestido de
Adelita o Ranchera El objeto es
fomentar y conservar el atuendo clásico del jinete y su caballo,
respetando las costumbres de la charrería en su más pura expresión. Artículo 3.- Los arreos charros de la cabalgadura forman parte del atuendo clásico, por lo que también se obligará la jinete a presentarlos con propiedad y completos. Artículo 4.- Los atuendos y los arreos para la cabalgadura de la dama charra, serán objeto de calificación en los concursos de presentación, así como para las competencias de escaramuzas; en eventos oficiales, sociales y culturales se solicita los porten con propiedad y completos aunque no estén en competencia. Artículo 5.- En las competencias oficiales de escaramuzas, el atuendo será calificado conforme al presente reglamento. Artículo 6.- Para la dama con traje de charra será opcional el uso de la pistola (revólver), en concursos de presentación, siempre y cuando no se monte. No se usará la pistola con el atuendo de Adelita o Ranchera, ni con el de China Poblana. Artículo 7.- El herraje como: chapetones, estribos, argollas, hebillas, chapetas y la espuela del atuendo personal, deberán de hacer juego entre sí. Artículo 8.- En el caso de algún empate en el concurso de presentación, se otorgará el premio a quien presente el conjunto completo y más clásico dentro de su categoría. Artículo 9.- Los accesorios como el bajador, bozal, taloneras, campanas, barriguero y protectores de las manos de los caballos, serán opcionales y no tendrán que ser iguales entre las integrantes de la misma escaramuza. Se permitirá utilizar vendas o cualquier otro objeto protector en patas y manos de los caballos en colores serios. Artículo 10.- El uso de falsa rienda o cualquier tipo de freno no charro; como son los frenos articulados, vaqueros y zacatecanos será motivo de descalificación. Artículo 11.- En cualquier competencia de escaramuzas no podrán aceptarse excepciones en ninguna de las categorías de vestuario ni de arreos. Será motivo de descalificación del equipo el portar objetos o hechuras que alteren las tradiciones charras establecidas en el presente reglamento. Ejemplo de lo anterior sería portar chalecos o corsés como parte del vestido de Ranchera o Adelita, usar con el traje de charra rebozo en lugar de la fajilla, quitarse la chaquetilla del traje de Charra para montar cuando éste se porta con camisa de vestir. El usar botonadura solo en la chaqueta o en la falda. El no portar completo el atuendo de Adelita o el traje de charra, así como faltar algún elemento de los arreos o en la cabalgadura de la jinete.
Este es el
reglamento para el uso del vestido de Adelita o Ranchera para lo
siguiente: La falta de alguno
de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación será
motivo de descalificación del equipo en la competencia, ya que su uso es
obligatorio. El vestido de Adelita o Ranchera se compone de las siguientes partes y características. a) TELA: La tela debe de ser de algodón, popelina, manta, lino o dacrón y ser siempre opacas. No se permite el uso de telas transparentes, satinadas, brillosas, fluorescentes, doradas, plateadas o en colores neones. b) HECHURA: Puede elaborarse de una sola pieza o también en dos piezas; falda y blusa. Para la escaramuza la hechura deberá ser la misma entre las ocho integrantes, aunque pueden usar diferentes colores en la tela, ya sea en parejas, cuartetos o individual. c) HOLAN: Es obligatorio llevar cuando menos un holán plisado y cosido independiente en la parte baja del vestido o falda. d) ADORNOS: Los adornos del vestido podrán ser de tela, tira bordada, encaje de algodón o poliéster, listones y espiguillas. En el caso de usar vestidos pintados, con aplicaciones tejidas o de otro tipo de artesania, si el dibujo de los vestidos variara, no se considerará como diferencias en el atuendo. No se permiten adornos en colores fluorescentes, plateados, dorados y neones. e) CUELLO: Es obligatorio que lleve cuello alto. f) MANGAS: Debe llevar mangas largas o cortas al estilo antiguo, es decir, amplia en la parte de arriba. g) ESPALDA: El uso del cierre o botones en la espalda será opcional. h) BANDA: Es obligatoria la banda completa en la cintura o pegada en los costados hacia atrás y debe ir con moño de mariposa y colas, se permite la banda tipo cinturón con moño de mariposa y colas previamente cosido, además del rebozo. i) LARGO: El largo del vestido debe ser a la mitad de la bota jalisco con la crinolina puesta. j) MOÑO: Deberá ser
de tela, listón satinado o mate, encaje de algodón u organza en
combinación con el vestido o el rebozo, sin exagerar el tamaño, se porta
con todo el cabello recogido a la altura de la nuca. El moño debe estar
sujeto al cabello, no se permite pegarlo al sombrero, al vestido ni a
algún objeto que ayude a mantenerlo puesto como a un elástico o hilo de
coser. Si el moño lleva flores de estas deben ser discretas y pequeñas.
Todos los moños de las integrantes de una misma escaramuza deben ser
iguales. k) CRINOLINA: Debe ser de fibras naturales como el algodón, popelina, cabeza de indio, manta y tira bordada en color blanco, crudo y beige, pudiendo llevar adornos de encaje o punta en los mismos colores. Si se desea se podrá usar listón dentro del pasa-listón en combinación con el vestido. No es obligatorio que sean iguales las de las ocho integrantes. Es obligatorio su uso. No se permite el uso del tul. No debe salir por debajo del vestido. Debe usarse almidonada de lo contrario se harán acreedoras a una sanción de dos puntos. l) CALZONERA: De
algodón, popelina, cabeza de indio, manta en color blanco o crudo. La
hechura deberá ser con resorte en la cintura, sin cierres ni bolsas y
larga hasta el tobillo. Se usa por dentro de la bota jalisco. Si se
desea puede llevar adornos como encajes, pasa-listón y listón. Los
adornos pueden ser del color de la calzonera o hacer juego con los
adornos o el color del vestido. Están prohibidas las mallas, licras,
mallones y su confección completa de tira bordada. No es obligatorio que
sean iguales las de las ocho integrantes. m) REBOZO: Se porta
anudado a la cintura con el nudo al lado izquierdo sobre la banda del
vestido. El rebozo deberá hacer juego o contraste con el vestido y sus
adornos, en lo que se refiere al color y al tono. Los rebozos pueden
variar en las puntas y ligeramente en tonos. Pueden usarse en diferentes
colores, ya sea en pares, cuartetos o individual. El uso de colores
fluorescentes, neones, llevar adornos sobrepuestos y el uso de fajillas
charras en lugar del rebozo está prohibido. n) BOTAS: Deberán
ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a
media bota y la herradura por la parte de afuera. En la parte alta
podrán tener indistintamente como adorno; cordón, herradura, greca,
iniciales, el fierro o bien ser lisas, sin tener que ser iguales entre
las integrantes. o) SOMBRERO: Puede ser de palma, raíz o vara siendo este el más tradicional con el vestido de Adelita o Ranchera. Se permite el uso de sombreros de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. p) TOQUILLA: Podrá ser con calabrote trenzado, calada en gamuza, pirograbada, galón francés, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. q) CHAPETAS: Para
los sombreros de palma, raíz o vara deben ser de cuero, cuerno, hueso,
gamuza, se permiten metálicas aunque no correspondan a la categoria del
sombrero de faena. Para los de pelo, fieltro o lana deben ser de plata,
alpaca, latón, cobre y oro, solo se permiten metálicas. Deberán
portarlos por pares e iguales todas las integrantes de una misma
escaramuza. Las chapetas son articulos charros elaborados por artesanos,
no se permite el uso de cualquier articulo que las sustituya, como
aretes, tientos, trozos de cuero o cualquier otro objeto que simule una
chapeta, el hacerlo así será considerado como la misma falta de las
chapetas (descalificación, art.11.) En los casos en los que solo una de
las integrantes de la escaramuza haya perdido una o el par completo,
causará una sanción de 6 puntos. s) ESPUELA: La espuela se usa en la bota izquierda del mismo material y concepto, sin importar el dibujo en relación con los arreos. Deben portarlas con el mismo concepto todas las integrantes de una escaramuza. Se usa en la bota izquierda, colocada en el tacón. La espuela no es un adorno, es obligatorio su correcto uso y colocación.
Este es el reglamento de uso del traje de charra de faena para los siguientes eventos: Concursos de
presentación La falta de alguno de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación, será motivo de descalificación del equipo, ya que su uso es obligatorio a excepción del chaleco. Todas las integrantes de una escaramuza deben portar iguales dichos conceptos. Los colores permitidos en botas, gamuzas, corbatas, moños para el cabello y fajillas en esta categoría son: café, ocre, oro viejo, beige, marrón, hueso, marfil, miel, gris, azul marino, vino, verde oscuro y rojo, este último exclusivamente en moños y fajilla. El traje de charra de faena se puede portar en cualesquiera de las dos siguientes versiones: 1. Con camisa tipo
pachuqueña o de cuello pegado y volteado de algodón blanca, de color
serio o colores pastel, podrán ir bordadas en hilos mate y/o satinados,
de cuello tipo militar o de casimir con cuello pegado y volteado o tipo
militar, de la misma tela de la falda, puede o no llevar adornos de
gamuza. 2. Con chaqueta,
lisa, de tela de casimir o gamuza, sin adornos, con botones y tres
mancuernas de cuerno, hueso o gamuza en cada manga o adornada con gamuza
o cuero y chaleco éste último opcional, también se permite la confección
de éstos bordados con hilos opacos de colores serios, no se permite el
bordado con hilo de oro o plata. La falda en línea A, larga hasta los
tacones de las botas, de manera opcional puede llevar aletones y uno o
dos tablones a los costados. Este traje se porta con camisa blanca,
colores pasteles o de color serio, con cuello pegado y volteado. Al
portar éste atuendo nunca debe quitarse la chaqueta. a) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO PARA EL CABELLO: La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o de rebozo y haciendo juego en color con la fajilla. Pueden ir bordados con hilos opacos y satinados en colores serios. Se prohíbe la confección en gamuza, ante y cuero en su totalidad, flores sobrepuestas de cualquier material, bordados con chaquira, lentejuela, canutillo, hilos dorados, plateados, cuero, gamuza, ante y el uso de telas doradas, plateadas, neones y fluorescentes. La fajilla se porta además del uso del cinturón dando vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del mismo y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms.), no pudiendo prescindir de los flecos de las puntas. Pueden ir a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. b) PANTALÓN: Deberá ser de la misma tela y color de la falda. El largo debe ser hasta el tobillo y se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. El uso de pantalones de tela diferente a la de la falda causará descalificación. Artículo 11. c) CINTURÓN: Debe portarse al estilo charro tradicional en piel, vaqueta o gamuza haciendo juego con las botas en material y color. d) BOTAS: Deben ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a media bota y la herradura por la parte de afuera de cada bota. En la parte alta podrán tener indistintamente como adorno: herradura, greca, iniciales, el fierro o bien ser lisas sin que tengan que ser iguales estos entre las ocho integrantes. El color debe ser el mismo de las ocho integrantes de una escaramuza pudiendo variar ligeramente el tono, sin confundir con tonos distintos, (esto se toma como arreo diferente) ya sea por el uso o la diferencia del teñido y solo se permiten los siguientes colores: hueso, marfil, beige, miel, oro viejo, ocre, café, marrón, gris, azul marino, vino y verde oscuro, no se permite ningún otro color. No se permite el uso de botas con cierre. e) SOMBRERO: Puede ser de palma, raíz o vara siendo este el más tradicional con la categoría del traje de charra de faena. Se permite el uso de sombreros de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. f) TOQUILLA: Podrá ser con calabrote trenzado, calada en gamuza, galón francés, pirograbada, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. g) CHAPETAS: Para los sombreros de palma, raíz o vara deben ser de cuero, cuerno, hueso, gamuza, etc., se permiten metálicas aunque no correspondan a la categoria del sombrero de faena. Para los de pelo, fieltro o lana de plata, alpaca, latón, cobre y oro, etc., solo se permiten metálicas. Deberán portarlos por pares e iguales. Las chapetas son articulos charros elaborados por artesanos, no se permite el uso de cualquier articulo que las sustituya, como aretes, tientos, trozos de cuero o cualquier otro objeto que simule una chapeta, el hacerlo así será considerado como la misma falta de las chapetas y causará descalificación. Artículo 11. En los casos en los que alguna de las integrantes de la escaramuza haya perdido una o el par completo, causará una sanción de 6 puntos. h) ARETES: Deben
ser tradicionales de manufactura artesanal de cualquier metal, tienen
que usarlos en par idéntico cada integrante. Si no se tiene perforación
en la oreja no es motivo de descalificación el no portarlos. No tienen
que ser iguales los pares de aretes entre las integrantes de la misma
escaramuza.
Este es el reglamento de uso del traje de charra de media gala para los siguientes eventos: Concursos de
presentación La falta de alguno
de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación,
será motivo de descalificación del equipo, ya que su uso es obligatorio
a excepción del chaleco. Todas las integrantes de una escaramuza deben
portar iguales dichos conceptos. El traje de charra de media gala se porta con chaqueta, falda y chaleco éste último opcional. a) CHAQUETA: De tela de casimir o gamuza o combinados en ambos materiales, con broche de plata o alpaca, ubicado en el pecho y tres mancuernas del mismo material en cada manga. Podrá llevar chaleco en combinación con el traje, ya sea en contraste o del mismo color, se permite con botonadura de plata o alpaca, pero si optan por esta opción deben usarlo todas las integrantes del equipo. b) FALDA: De jerga, tela de casimir o gamuza o combinados éstos dos últimos. Debe tener el largo hasta los tacones de las botas y lleva tres mancuernas de plata o alpaca, colocados en ambos costados de la falda a la altura de la cadera. Debe ser en línea A y de manera opcional puede llevar aletones y uno o dos tablones a los costados. c) CAMISA: Blanca, colores pasteles o de color serio, de cuello pegado y volteado, tipo civil en telas opacas. d) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o de rebozo y haciendo juego en color con la fajilla. Pueden ir bordados con hilos opacos y satinados en colores serios. Se prohíbe la confección en gamuza, ante y cuero en su totalidad, flores sobrepuestas de cualquier material, bordados con chaquira, lentejuela, canutillo, hilos dorados, plateados, brillosos, cuero, gamuza, ante y el uso de telas doradas, plateadas, neones, fluorescentes. La fajilla se porta además del uso del cinturón dando vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del mismo y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms.), no pudiendo prescindir de los flecos de las puntas. Pueden ir a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. e) PANTALÓN: Deberá ser de la misma tela y color de la falda. El largo debe ser hasta el tobillo y se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. El uso de pantalones de tela diferente a la de la falda causará descalificación. Artículo 11. f) CINTURÓN: Debe portarse al estilo charro tradicional en piel, vaqueta o gamuza haciendo juego con las botas en material y color. Se permite usarlo chumitiado, piteado, pespunteado o cincelado. g) BOTAS: Deben ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a media bota y la herradura por la parte de afuera de cada bota. En la parte alta podrán tener indistintamente como adorno: herradura, greca, iniciales, el fierro o bien ser lisas sin que tengan que ser iguales estos entre las ocho integrantes. El color debe ser el mismo de las ocho integrantes de una escaramuza pudiendo variar ligeramente el tono, sin confundir con tonos distintos, (esto se toma como arreo diferente) ya sea por el uso o la diferencia del teñido y solo se permiten los siguientes colores: hueso, marfil, beige, miel, oro viejo, ocre, café, marrón, gris, azul marino, vino y verde oscuro, no se permite ningún otro color. No se permite el uso de botas con cierre. h) SOMBRERO: Debe ser de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. i) TOQUILLA: Podrá ser con calabrote trenzado, calada en gamuza, galón francés, pirograbada, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. j) CHAPETAS: De plata o alpaca haciendo juego con la botonadura. Todas las integrantes de una misma escaramuza las deben portar por pares e iguales. Las chapetas son articulos charros elaborados por artesanos, no se permite el uso de cualquier articulo que las sustituya, como aretes, tientos, trozos de cuero o cualquier otro objeto que simule una chapeta, el hacerlo así será considerado como la misma falta de las chapetas y causará descalificación. Artículo 11. k) ARETES: Deben
ser tradicionales de manufactura artesanal de cualquier metal, tienen
que usarlos en par idéntico cada integrante. Si no se tiene perforación
en la oreja no es motivo de descalificación el no portarlos. No tienen
que ser iguales los pares de aretes entre las integrantes de la misma
escaramuza. l) ESPUELA: La espuela se usa en la bota izquierda colocada en el tacón, del mismo material y concepto, sin importar el dibujo en relación con los arreos. La espuela no es un adorno, es obligatorio su correcto uso y colocación. m) HERRAJE: El uso del herraje es opcional y deberá hacer juego en material y trabajo con las chapetas, botonadura y espuelas.
Este reglamento de uso del traje de charra de gala para los siguientes eventos: Concursos de
presentación La falta de alguno de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación, será motivo de descalificación del equipo, ya que su uso es obligatorio a excepción del chaleco. Todas las integrantes de una escaramuza deben portar iguales dichos conceptos. Los colores permitidos en botas, gamuzas, corbatas, moños para el cabello y fajillas en esta categoría son: café, ocre, oro viejo, beige, marrón, hueso, marfil, miel, gris, azul marino, vino, verde oscuro y rojo, este último exclusivamente en moños y fajilla. a) CHAQUETA: De tela de casimir o gamuza o combinados en ambos materiales, con broche de plata o alpaca ubicado en el pecho y tres o seis mancuernas del mismo material en cada manga. Podrá llevar chaleco en combinación con el traje, ya sea en contraste o del mismo color, con botonadura de los metales antes mencionados. b) FALDA: De tela de casimir o gamuza o combinados en ambos materiales. Debe tener el largo hasta los tacones de las botas. Lleva botonadura completa del lado izquierdo y tres o seis mancuernas de plata o alpaca del lado derecho cuando se monta a caballo. Botonadura completa a ambos lados del metal antes mencionado cuando se va a pie, colocados en ambos costados de la falda a la altura de la cadera. Debe ser en línea A y de manera opcional puede llevar uno o dos tablones laterales. c) CAMISA: Blanca de cuello pegado y volteado, tipo civil en telas opacas. d) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o de rebozo y haciendo juego en color con la fajilla. Pueden ir bordados con hilos opacos y satinados en colores serios. Se prohíbe la confección en gamuza, ante y cuero en su totalidad, flores sobrepuestas de cualquier material, bordados con chaquira, lentejuela, canutillo, hilos dorados, plateados, brillosos, cuero, gamuza, ante y el uso de telas doradas, plateadas, neones, fluorescentes. La fajilla se porta además del uso del cinturón dando vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del mismo y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms.), no pudiendo prescindir de los flecos de las puntas. Pueden ir a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. e) PANTALÓN: Deberá ser de la misma tela y color de la falda. El largo debe ser hasta el tobillo y se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. El uso de pantalones de tela diferente a la de la falda causará descalificación. Artículo 11. f) CINTURÓN: Debe portarse al estilo charro tradicional en piel, vaqueta o gamuza haciendo juego con las botas en material y color. Se permite usarlo chumitiado, piteado, pespunteado o cincelado. g) BOTAS: Deben ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a media bota y la herradura por la parte de afuera de cada bota. En la parte alta podrán tener indistintamente como adorno: herradura, greca, iniciales, el fierro o bien ser lisas sin que tengan que ser iguales estos entre las ocho integrantes. El color debe ser el mismo de las ocho integrantes de una escaramuza pudiendo variar ligeramente el tono sin confundir con tonos distintos, (esto se toma como arreo diferente) ya sea por el uso o la diferencia del teñido y solo se permiten los siguientes colores: hueso, marfil, beige, miel, oro viejo, ocre, café, marrón, gris, azul marino, vino y verde oscuro, no se permite ningún otro color. No se permite el uso de botas con cierre. h) SOMBRERO: Debe ser de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. i) TOQUILLA: Podrá ser calada en gamuza, galón francés, pirograbada, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. j) CHAPETAS: De
plata o alpaca debiendo hacer juego con la botonadura. Las deben portar
por pares e iguales. Las chapetas son articulos charros elaborados por
artesanos, no se permite el uso de cualquier articulo que las sustituya,
como aretes, tientos, trozos de cuero o cualquier otro objeto k) ARETES: Deben
ser tradicionales de manufactura artesanal de cualquier metal, tienen
que usarlos en par idéntico cada integrante. Si no se tiene perforación
en la oreja no es motivo de descalificación el no portarlos. No tienen
que ser iguales los pares de aretes entre las integrantes de la misma
escaramuza. m) HERRAJE: El herraje deberá hacer juego en material y trabajo con las chapetas, botonadura y espuelas.
Este es el reglamento de uso del traje de charra de gran gala para los siguientes eventos: Concursos de
presentación Nunca deberá usarse en competencia de escaramuzas. Este traje de charra de gran gala debe ser con chaqueta, falda y chaleco, éste último opcional. Confeccionados en paño, tela de casimir o gamuza. La tela siempre debe ser opaca y en colores serios, además de los conceptos mencionados a continuación: a) CHAQUETA: Debe llevar un broche de oro, plata o alpaca en el pecho y con tres o seis mancuernas en cada manga. Debe ir bordada con hilos de oro, plata o con ambos metales en las mangas y en la solapa. Si se lleva chaleco debe ser con botonadura. b) FALDA: Debe ser larga hasta los tacones de las botas, llevar botonadura de oro, plata o alpaca a todo lo largo de la falda por ambos costados. Debe ir bordada con hilo de oro, plata o ambos, en forma de herradura por el frente y por la parte trasera. c) CAMISA: Blanca de cuello pegado y volteado tipo civil en telas opacas. d) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: Blanco o marfil. La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o rebozo haciendo juego con la fajilla, no mezclar telas satinas con opacas. Pueden ir bordados con hilos de oro, plata o ambos. La fajilla deberá dar vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del cinturón y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms), no podrán prescindir de los flecos. Pueden colgar a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. e) PANTALÓN: Largo hasta el tobillo de la misma tela y color de la falda. Se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. El uso de pantalones de tela diferente a la de la falda causará descalificación. Artículo 11. f) CINTURÓN: Debe portarse estilo charro tradicional. Debe ser ricamente bordado en pita o hilos de oro, plata o ambos metales. g) BOTAS: Estilo Jalisco en colores serios de acuerdo al color del traje. No se permite el uso de botas con cierre. h) SOMBRERO: Fino, de fieltro. Tipo Pachuqueño, Hacendado o San Luis moderado. i) TOQUILLA Y RIBETE: Con galones o ricamente bordado en pita, en hilos de plata, oro o ambos metales. j) CHAPETAS: Oro,
plata o alpaca, haciendo juego con la botonadura. Las chapetas son
articulos charros elaborados por artesanos, no se permite el uso de
cualquier articulo que las sustituya, como aretes, tientos, trozos de
cuero o cualquier otro objeto que simule una chapeta, el hacerlo así
será considerado como la misma falta de las chapetas y causará
descalificación. Artículo 11. l) REVOLVER: Es opcional su uso, debe ir con dragona y puede ser con cachas de nácar, oro, plata o ambos haciendo juego con el traje. La funda debe hacer juego con el cinturón. m) HERRAJE: botonadura, herraje, cachas de revolver (con dragona), hebilla del cinturón, freno, chapetas y demás arreos, deben ser de plata o ricamente incrustados sobre hierro, haciendo juego entre sí.
Este es el reglamento de uso del traje de charra de etiqueta para los siguientes eventos: Concursos de
presentación Este traje no se debe usar de día ni a caballo, solo se debe usar en casos especiales como en bodas o funerales donde deberá por respeto cubrir la botonadura con un velo. Este traje debe ser con chaqueta, falda y chaleco haciendo juego entre sí. Negro, blanco o marfil en paño o tela de casimir. Puede confeccionarse en cualquiera de las siguientes versiones: 1. CON BOTONADURA: Puede ser de oro, plata o ambos metales. La chaqueta lleva un broche en el pecho y tres o seis mancuernas en cada manga, en el chaleco los botones del mismo juego. La botonadura debe ir completa a ambos costados de la falda. 2. CON BORDADO: Con hilo de oro, plata o ambos metales, colocado el bordado en forma de herradura por el frente y la parte trasera de la falda, en las mangas, solapa y la orilla de la chaqueta, así como en las orillas del chaleco. 3. CON BOTONADURA Y BORDADO: Siguiendo las características de los puntos anteriores. Las figuras de la botonadura y el diseño del bordado en las tres versiones del traje, se elaborarán conservando la tradición. a) CAMISA: Blanca de cuello pegado y volteado de tipo civil. b) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: Blanco. La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o rebozo haciendo juego con la fajilla, no mezclar telas satinas con opacas. Pueden ir bordados con hilos de oro, plata o ambos. La fajilla deberá dar vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del cinturón y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms), no podrán prescindir de los flecos. Pueden colgar a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. c) CINTURÓN: Sin carrilleras, de charol, ante negro, blanco o marfil, liso o bordado en hilo de oro, plata o ambos. La hebilla debe ser charra, adornada, haciendo juego con la botonadura. d) BOTAS: Estilo jalisco en charol o ante negro, blanco o marfil, haciendo juego con el cinturón. No se permite el uso de botas con cierre. e) SOMBRERO: Fino,
de fieltro negro, gris o blanco, tipo Pachuqueño, Hacendado o San Luis
moderado. g) CHAPETAS: De oro o plata, haciendo juego con la botonadura. Las chapetas son articulos charros elaborados por artesanos, no se permite el uso de cualquier articulo que las sustituya, como aretes, tientos, trozos de cuero o cualquier otro objeto que simule una chapeta, el hacerlo así será considerado como la misma falta de las chapetas y causará descalificación. Artículo 11. h) ARETES: Deben ser tradicionales, de manufactura artesanal de oro y plata, haciendo juego con la botonadura. i) REVOLVER: Con cachas de oro, plata o nácar, con dragona, la funda debe hacer juego con el cinturón.
Este es el reglamento de uso del traje de china poblana para los siguientes eventos: Concursos de
presentación Nunca debe usarse en competencia de escaramuzas y debe portarse con todas las prendas que a continuación se mencionan: a) BLUSA: Blanca, escotada discretamente, con mangas cortas, bordada con hilo de seda o chaquiras de colores en el escote y mangas. b) CASTOR O ZAGALEJO: De raso, tricolor en rojo en torno a las caderas, blanco y verde o verde en torno a las caderas, blanco y rojo, bordado con lentejuelas, canutillo y chaquira al gusto en diferentes colores. c) CALZADO: Zapatilla de seda color rojo o verde según el color de la última franja del castor o zagalejo para ir a pie y a caballo. La zapatilla debe llevar tacón de carrete o muñeca. d) REBOZO: Tricolor, verde o rojo. En la cintura de adelante hacia atrás, subiendo por la espalda en cruz, cae sobre los hombros continuando hasta la cintura y metiendolas por debajo del rebozo que rodea la cintura. e) FONDO: Blanco, con encajes en la orilla terminando en picos, mismos que deberán salir por debajo del castor o zagalejo no más de 10 cms. f) ACCESORIOS: Deberá completar este atuendo con collares de oro, coral, papelillo en combinación con los colores del zagalejo. Zarcillos o grandes arracadas de oro o plata. Llamativas pulseras. g) PEINADO: Dos trenzas largas tradicionales sujetas con listones largos de colores haciendo juego con el zagalejo y el rebozo. Estos listones se rematan con moños de mariposa, ya sea en cada trenza o entrelazadas por detrás o con un chongo a la altura de la nuca. h) SOMBRERO: Fino, de fieltro con galones o finos bordados en oro y plata.
Artículo 12.- Se
entiende por competencia a la contienda deportiva entre dos o más
equipos de escaramuzas. Las competencias se clasifican en amistosas y
oficiales. Las competencias
antes mencionadas son organizadas por las sedes oficiales, sancionadas
por miembros del Colegio Nacional de Jueces con el reglamento oficial de
competencias vigente, y avaladas por la Federación Mexicana de Charrería
A. C. Artículo 14.- Las competencias oficiales deberán celebrarse en un lienzo charro, éste deberá tener 100 metros de longitud, donde la manga debe medir 60 metros de largo y el ruedo 40 metros de diámetro. En el ruedo se dibujará un rectángulo de 6 metros de ancho por 20 metros de largo entre los 70 y 90 metros, eliminando la línea para entrar al rectángulo. Será permitido señalar o marcar en la pared del ruedo los cuartos y octavos. Artículo 15.- Desde el momento en que una escaramuza confirma por escrito su presentación a una competencia oficial, estará sujeta a éste reglamento, al estatuto y los acuerdos y especificaciones circulados por la Federación Mexicana de Charrería, A.C. y a la convocatoria. Artículo 16.- La escaramuza actuará antes de cerrar las puertas del ruedo, después del coleadero. Cuándo se justifique, las escaramuzas también podrán participar en ferias. Artículo 17.- Sólo
se aceptarán hojas de calificación y croquis oficiales que la Federación
distribuya a través de sus Delegadas o de las que se encuentran en la
página de Internet de la Federación, con los dibujos de los ejercicios
hechos a mano, o impresos directamente del catálogo de ejercicios de la
página de Internet de la Federación, en el preciso momento de la
ejecución. Artículo 18.- En
los campeonatos oficiales, las jueces de escaramuza recibirán de la
capitana del equipo cuando menos media hora antes del evento la
siguiente documentación: Artículo 19.- Para
los campeonatos nacionales, la capitana de la escaramuza deberá hacer
llegar a las oficinas de la Federación Mexicana de Charrería, A.C., la
siguiente documentación: La entrega de la
documentación deberá cumplir con la fecha límite que marque la
convocatoria o establezca la Coordinación Nacional de Escaramuzas. De no
hacerlo así, el equipo será sancionado con 6 puntos. Artículo 21.- Será obligatoria la participación de todas las escaramuzas en su campeonato estatal. Si por alguna razón el quipo está incompleto, deberá presentar la rutina obligatoria de competencia con un mínimo de 6 elementos, quedando descalificadas, pero conservando su derecho para competir en el campeonato regional de su zona. Artículo 22.- Podrán asistir a los campeonatos regionales las escaramuzas que primero hayan participado en su campeonato estatal. Artículo 23.- El resultar campeonas en el campeonato estatal o regional, no les da derecho a participar en el campeonato nacional. Artículo 24.- Para competir en el campeonato nacional, se elaborará una lista en orden decreciente, tomando en cuenta las calificaciones más altas de los campeonatos estatales y regionales. El número de equipos que asistirán al campeonato nacional, lo determinará la Federación Mexicana de Charrería, A.C., tendrán su pase directo al campeonato nacional, los tres primeros lugares del campeonato nacional anterior, los seis primeros lugares del campeonato nacional independencia del año en curso, la campeona nacional de la unión americana del año en curso, y las escaramuzas campeonas de las cinco fases del circuito nacional de escaramuzas del año en curso. Artículo 25.- Las escaramuzas que sean notificadas por la Coordinación Nacional de Escaramuzas, deberán confirmar por escrito su participación en la fecha que se establezca, de no hacerlo así, se entenderá que renuncian a su derecho de asistir y su lugar será otorgado a la siguiente escaramuza en la lista de espera. Artículo 26.- Si en alguna asociación existen dos o más escaramuzas, tendrán que participar de manera independiente en sus campeonatos estatal, regional, campeonato nacional independencia y circuito nacional de escaramuzas. Para asistir al campeonato nacional, se podrán intercambiar integrantes, siempre y cuándo compitan con el nombre de la escaramuza que ganó el derecho a participar en el campeonato nacional. Artículo 27.- Las competidoras deberán cumplir con los requisitos de revisión médica, siempre y cuándo esté disponible, de lo contrario serán sancionadas con 6 puntos. Artículo 28.- En
las competencias oficiales deberán respetarse los horarios de prácticas
asignados para cada escaramuza, aunque dicha práctica sea sin caballos,
de lo contrario será sancionada con 6 puntos. Si la escaramuza decide no
utilizar su tiempo de práctica, no será sancionada. Artículo 29.- La comisión deportiva femenil será designada y supervisada por la Coordinadora Nacional de Escaramuzas, de acuerdo con la Delegada Estatal, a excepción de los campeonatos estatales, regionales y circuito nacional de escaramuzas, en los cuáles, la Delegada Estatal de acuerdo con el Presidente de la Unión serán los responsables de asignarla. Esta comisión solamente estará a cargo de supervisar que se respeten los horarios de práctica asignados para cada escaramuza. La comisión deportiva femenil, elaborará un informe diario por escrito, que se entregará a las jueces para la aplicación de las sanciones correspondientes en caso de existir. Artículo 30.- La escaramuza deberá cumplir con las especificaciones de la convocatoria, de no hacerlo así, se harán acreedoras a las sanciones que la misma determine. Artículo 31.- La escaramuza deberá respetar los acuerdos y especificaciones establecidas y circuladas por la Federación Mexicana de Charrería, A.C., de no hacerlo así, será sancionada de acuerdo al reglamento y estatuto. Artículo 32.- Cuándo la escaramuza se vea en la necesidad de posponer su presentación, la juez verificará la gravedad de la causa y si así lo considera, le permitirá participar en el mismo evento en el momento que ésta lo considere pertinente en coordinación con el comité organizador. Tanto el cronómetro, como la calificación, se reanudará desde que la escaramuza reinicie su presentación, si ésta repitiera algún ejercicio, las sanciones cometidas permanecerán, y volverá a sancionarse lo que suceda DEL EQUIPO. Artículo 34.- Ninguna escaramuza podrá oponerse a la asignación de jueces. De hacerlo así, quedará descalificada. Artículo 35.- Ninguna escaramuza podrá retirarse de una competencia sin que haya terminado su presentación. De hacerlo así, el equipo quedará descalificado, exceptuando el retirarse de la competencia por lo relativo al artículo 32. Artículo 36.- La escaramuza que venga de fuera y sus caballos no lleguen a tiempo para el desfile por causas de fuerza mayor, no será sancionada, siempre y cuándo lo comprueben ampliamente y se presenten ante las jueces las 8 integrantes, no teniendo la obligación de desfilar a pie. Artículo 37.- El equipo completo tiene la obligación de desfilar al inicio de la competencia, de no hacerlo así, será sancionada con 6 puntos. Cuándo por causas de emergencia, justo antes del desfile, una integrante o un caballo se vea imposibilitado para desfilar, la juez evaluará la gravedad de la situación, y si amerita el caso, le permitirá desfilar incompleta sin sanción. Artículo 38.- Si la reina de la asociación pertenece a la escaramuza competidora y la asociación compite el mismo día y hora que la escaramuza, la reina podrá desfilar con el equipo de su asociación pudiendo llevar diferente atuendo sólo en el desfile. Artículo 39.- Si la escaramuza no se presenta a tiempo para la revisión de arreos, será sancionada con 6 puntos, teniendo que ser revisadas junto con su cabalgadura por las jueces al terminar la actuación o cuándo éstas lo consideren pertinente. El único caso en el que no será sancionada la escaramuza por éste motivo, será que no lleguen sus caballos a tiempo para la revisión de arreos, por algún problema con el transporte y haya sido autorizado por las jueces. Artículo 40.- Cuándo una escaramuza al competir en un torneo preste sus caballos a otro equipo de fuera, deberán presentarse ambos equipos ante las jueces para la revisión de arreos, debiendo estar un equipo a pié y el otro montado, y deberá desfilar uno de los equipos completo. Artículo 41.- Las integrantes, amigos, familiares y entrenadores de un equipo que hagan comentarios dolosos o insulten a otra escaramuza o al jurado calificador durante los entrenamientos o la competencia, será sancionado con 6 puntos.
Artículo 43.- Cuándo una competidora forme parte de dos o más grupos de escaramuzas federadas, se tendrá por definida su actividad para todo el año deportivo con la primera escaramuza que compita oficialmente. Si compitiera con otro equipo, éste quedará descalificado. Artículo 44.- Las integrantes de la escaramuza deberán respetar las decisiones de su capitana. Artículo 45.- Podrán participar competidoras infantiles (15 años no cumplidos) en la categoría libre, para lo cual al momento de federarse deberán presentar una carta responsiva de los padres autorizando la participación de la menor en ésta categoría. DE LAS CAPITANAS. Artículo 47.- La capitana estará autorizada para hacer los cambios que crea necesarios, tanto de elementos como de ejercicios, previo aviso a las jueces. Artículo 48.- La capitana está obligada a aceptar la decisión de las jueces, las aclaraciones de su calificación deberán hacerse dentro de la competencia inmediatamente después de terminada su participación, con pleno conocimiento de causa y con el debido respeto. Ninguna capitana, integrante de escaramuza, familiar, entrenador (a) o personas allegadas al equipo podrán pedir explicaciones o cuestionar la calificación de otra escaramuza, de hacerlo así, será motivo de descalificación del equipo. Artículo 49.- Si hubiera alguna inconformidad de la capitana con respecto a su calificación, deberá manifestarlo en la parte de la hoja de calificación destinada para tal efecto, no está permitido hacer uso de este especio para inconformidades de otra escaramuza. Si la escaramuza quisiera mandar alguna queja a la Federación, esta deberá llevar las firmas de la capitana, presidente de su asociación, delegada estatal y presidente de la unión para que se le dé curso. Artículo 50.- La capitana o cualquier otra persona relacionada con la escaramuza que le falte al respeto al jurado calificador, causará que la escaramuza sea descalificada, y se turnará a las instancias correspondientes para lo que proceda. DEL JURADO
CALIFICADOR. Artículo 52.- La
máxima autoridad en las competencias oficiales es el jurado calificador
y resolverá cualquier contingencia que surja en base al estatuto y al
reglamento oficial de competencias, su decisión será respetada,
indiscutible e inapelable. Artículo 54.- Las jueces se instalarán en lugares estratégicos quedando terminantemente prohibido el acercamiento deliberado de la Delegada Estatal o cualquier persona ajena mientras ellas estén calificando. Artículo 55.- Las
jueces deberán calificar, calcular y cerrar sus hojas inmediatamente
después de terminar la participación de la escaramuza en el mismo lugar
donde están calificando, y se dará la puntuación en el momento que se
haya cerrado la hoja de calificación y rectificado sus sumas. Si hubiese
error de suma, las jueces rectificarán la calificación en el lapso que
dure la competencia. Al llegar las hojas a la Federación Mexicana de
Charrería, A.C., se revisarán, y si existe error de suma, se corregirá
la calificación y se notificará a la escaramuza y a quienes hayan
firmado la convocatoria. Artículo 56.- La juez responsable y la persona designada por el Coordinador Nacional de Jueces, deberá hacer el concentrado y promediar las calificaciones de las jueces, para obtener la calificación oficial y hacerla pública de inmediato. Artículo 57.- Será
obligación de las jueces llenar el formato de reporte y anexarlo a las
hojas de calificación de las escaramuzas. La juez responsable deberá
enviarlas a la Federación Mexicana de Charrería, A.C. en un máximo de
cinco días hábiles después de concluido el evento. Artículo 58.- Las jueces deberán escribir claramente su nombre y firmar las hojas de calificación. La capitana deberá firmar la misma hoja. Artículo 59.- Sólo el Coordinador Nacional de Jueces podrá designar a las jueces practicantes en las competencias oficiales y deberá comunicar su decisión a las jueces oficiales. Artículo 60.- Las
jueces estarán obligadas a informar a la escaramuza si traen algún arreo
o atuendo diferente o no permitido, hojas de calificación no oficiales,
así como algún error detectable en los movimientos de su rutina, ya sea
durante la recepción de la documentación o durante la Artículo 61.- Por ningún motivo las jueces y aspirantes podrán abandonar, prestar o mostrar las hojas de calificación antes o después de la competencia a ninguna persona a excepción de la capitana del equipo en cuestión, así como hacer comentarios de las calificaciones, si las jueces y aspirantes incurrieran en ésta falta, se turnará a las instancias correspondientes para lo que proceda. DE LOS
ENTRENADORES. Artículo 63.- Tienen obligación de estar federados, vestirse de charro si es hombre, y de adelita o charra si es mujer, haber asistido a las reuniones de información y actualización para entrenadores que organiza la Federación Mexicana de Charrería, A.C. Artículo 64.- No podrá intervenir dando instrucciones a la escaramuza durante las competencias, pues si lo hace, se descalificará el ejercicio en el que ocurra. Deberá abstenerse de hacer comentarios negativos durante el tiempo que dure la competencia oficial en contra de las jueces o de la calificación, así como de intervenir a favor o en contra de cualquier otro equipo que esté compitiendo, ya que se sancionará descalificando a su escaramuza de la justa deportiva en la que se está compitiendo, además de ser reportado(a) a las instancias correspondientes para lo que proceda.
ATUENDO. Artículo 66.- Para competencias oficiales se deberá usar el vestido de adelita o el traje de charra. Artículo 67.- Es de suma importancia que portemos el atuendo charro con toda propiedad, respetando las tradiciones. Se prohíbe todo o parte de lo siguiente: combinar el atuendo charro con chamarras o accesorios vaqueros o civiles, soltare el cabello, usar sólo parte del atuendo, usar lentes de sol, quedarse en calzoneras, usar cachuchas o gorras, usar objetos o adornos en perforaciones visibles en cualquier parte del cuerpo que no sean las orejas. Debemos ser ejemplo digno de nuestro atuendo y portarlo adecuadamente. Artículo 68.-
VESTIDO DE ADELITA. Artículo 69.- TRAJE
DE CHARRA. ARREOS. Artículo 71.- Las integrantes de la escaramuza, deben presentar su caballo ensillado y enfrenado debidamente de acuerdo al presente reglamento y a la categoría de la vestimenta que se porte. Será descalificado el equipo si una o varias de sus integrantes portan atuendos o arreos que no sean charros, o si les falta alguna parte de ellos. Artículo 72.-
DESCRIPCIÓN DE LOS ARREOS: a) VARA. Es obligatoria, no se permiten forradas ni pintadas. Se permitirá traer una de repuesto colocada en la montura, pero en caso de que ésta vara llegara a caerse durante la presentación, se tomará como pérdida de arreo y se sancionará con 2 puntos. b) CUARTA. Es obligatorio el portarla, e irá colocada en el cuartero. Podrán ser lisas, o de cerda, siempre y cuándo sean iguales las de las ocho integrantes y sin tomar en cuenta la categoría del ajuar que se esté usando, también podrán ser estambradas, en cuyo caso deberán hacer juego en dibujo y color con los demas arreos textiles. Podrán usarla en caso de pérdida de la vara, debiendo sacarla del cuartero. c) SARAPE, MANTILLA Y CINCHO. Deben hacer juego entre sí respecto al color. En cuanto al cincho, no importará que las argollas, una o varias estén forradas o no. El uso del sarape es obligatorio, la mantilla es opcional, pero si una integrante la usa, la deberán traer todas las integrantes de una misma escaramuza, no importa el tamaño y si tienen flecos o no las de las ocho integrantes, sólo en caso de arreos lisos, la rienda, sarape, mantilla, cincho y pecho-pretal si es textil, deberán ser de un mismo color. Pueden ser rayados, con grecas, combinados de los dos diseños anteriores o lisos, pero iguales las de todas las integrantes de un mismo equipo. d) RIENDA. Puede llevar cualquier tipo de dibujo mientras haga juego en color con los demás arreos. Es obligatorio que lleve nudo o botón en el centro de la rienda, de lo contrario se sancionará con 1 punto por cada integrante. e) BOZALILLO. Será opcional su uso, si el equipo de escaramuza decide usarlo, deberán usarlo iguales las ocho integrantes y tendrán que hacer juego con las riendas en color. f) CARONA O SUDADERO. Deberá usarse debajo de la mantilla o sola, en ambos casos está permitida siempre y cuándo no sobresalga de la montura o de la mantilla. No es obligatorio que sean iguales las de las ocho integrantes. g) MONTURA. Puede ser de dos tipos: 1.- LISA. En ésta
categoría será opcional el uso de cantinas en una o varias de las
albardas. También el tipo de chapetones que se usen, pueden ser de
hueso, cuerno, gamuza o lisos de vaqueta, sin que todas tengan que
traerlos iguales, su uso es obligatorio, por seguridad de las
competidoras, la falta de uno de ellos se sanciona con 2 puntos. Los
cuerajes pueden variar en el tono. Si las argollas de la montura están o
no forradas no se considera diferencias de arreo. En caso de que alguna
montura tenga borrega como protección, fierro, iniciales o alguna
leyenda pirograbada, pintada o quemada, no se sancionará como diferencia
de arreo si la cabezada, pecho-pretal y el correón no tengan dicho
trabajo, así como si las demás integrantes no la traen. 2.- CON CATEGORÍA.
En albardas bordadas en pita, en hilo mate, pirograbadas, cinceladas,
pespunteadas, trenzadas, chumitiadas, encordadas, adornos de borrega,
pintadas con dibujos artesanales como flores, guías, grecas apegándose a
lo tradicional, con guardas en contraste y de cuero volteado, las ocho
albardas deberán ser iguales y todo el ajuar o complemento del mismo
material haciendo juego entre sí. Los chapetones de la montura
pecho-pretal y cabezada pueden ser de cuero, hueso, cuerno, plata,
alpaca y acero, dependiendo de la categoría de la montura, pero deben
hacer juego entre sí. El dibujo del herraje de la montura podrá variar,
siempre y cuándo sea el mismo tipo de trabajo artesanal, lo mismo aplica
para el grabado y cincelado de monturas. En caso de que alguna montura
tenga fierro, iniciales o leyendas pirograbadas, quemadas o pintadas, no
se sancionará como diferencia de arreo el que la cabezada, pecho-pretal
y correón no tenga dicho trabajo. h) PECHO-PRETAL. Será obligatorio su uso con sus tres apoyos, deberá hacer juego en color y material y deberán hacer juego en color con los demás arreos y ser iguales los de las ocho integrantes de un mismo equipo. i) BAJADOR. Será opcional su uso, y no es necesario que sean iguales los de las ocho integrantes. j) CORREON. La forma podrá variar, sólo tendrá que hacer juego con la categoría del trabajo de la albarda y ser iguales los de las ocho integrantes de un mismo equipo. k) ESPUELA. Estas deberán ser del mismo material y trabajo, sin que tenga que ver el ancho. Las diferencias en los dibujos están permitidas, ya que lo que se maneja es el concepto. Las rodajas no tienen que ser iguales entre las ocho integrantes de un mismo equipo, deben ir colocadas en el tacón de la bota izquierda, la espuela no es un adorno, es obligatorio su correcto uso y colocación. l) ACCESORIOS
EXTRA. Los accesorios como el bajador, bozal, taloneras, campanas,
barriguero, y protectores de las manos de los caballos, serán opcionales
y no tendrán que ser iguales entre las ocho integrantes de un mismo
equipo.. Se permitirá utilizar vendas o cualquier otro objeto protector
en patas o manos de los caballos si así lo requieren en colores serios. Artículo 73.-
INFRACCIONES EN PRESENTACIÓN. Se sancionará con 2 puntos por cada
concepto de atuendo y arreo diferente.
Artículo 74.- Se
entiende por actuación, la participación deportiva de la escaramuza
comprendiendo lo siguiente: Artículo 75.- El
tiempo de actuación debe ser máximo de 8 minutos sin tolerancia. El
tiempo inicia cuándo la primera integrante entra al lienzo, y termina
cuándo después de realizar la rutina completa, las 8 integrantes se
detienen haciendo alto total en cualquier parte del ruedo y saludan al
estilo charro. ENTRADA. PUNTAS. Artículo 78.- Se
presentarán 2 puntas al con valores máximos posibles de 9, 10 y 11
puntos, según los tiempos que se marquen. El resultado obtenido, se
sumará a la puntuación general de los ejercicios. Artículo 80.- Las puntas parten de 0, se sumarán los puntos adicionales y se restarán las infracciones correspondientes. Artículo 81.- Los puntos adicionales se obtendrán de la siguiente forma: PONER EN MANO: 1
PUNTO. LINEA RECTA: 1
PUNTO. VELOCIDAD: 1 PUNTO. DENTRO DEL
RECTÁNGULO: 1 PUNTO. JALAR A UNA MANO: 1
PUNTO. POR SALUDAR: 1
PUNTO. POR RAYAR 6 METROS
O MÁS: 3, 4 Ó 5 PUNTOS. Artículo 82.-
INFRACCIONES EN LAS PUNTAS. Artículo 83.-
DESCALIFICACIONES EN LA PUNTA: RUTINA. Artículo 85.- La rutina de competencia es una sola y se llama rutina obligatoria de competencia. Artículo 86.- Los
doce ejercicios que formarán la rutina obligatoria de competencia podrán
ser de muchos tipos, artículo 94, pero deberán incluir por lo menos un
ejercicio de cada uno de los siguientes conceptos obligatorios. El concepto de los
ejercicios deberá corresponder forzosamente a su diseño, de no ser así
será descalificado el ejercicio, Artículo 87.- Los giros, coladeras, cruces, escaleras y flores podrán repetirse como máximo tres veces. El combinado, es un concepto único y obligatorio, en el que podrán repetirse los primeros cinco conceptos antes mencionados, así como repetir el diseño de cualquier ejercicio de la rutina en uno de los ejercicios que componen el combinado. Si se presentan algunos de los conceptos obligatorios sólo en el combinado y en el ejercicio libre de 20 puntos, perderán 25 puntos como sanción por no presentar la rutina obligatoria de competencia. Artículo 88.- Los
12 ejercicios de los cuales constará la rutina obligatoria de
competencia, serán de los siguientes valores: Artículo 89.-
Obligatoriamente las 8 integrantes de la escaramuza deberán realizar los
12 ejercicios, mostrando con claridad la entrada, ejecución y salida de
cada uno. La única excepción en la que no tendrán que hacer el ejercicio
las 8, será el siguiente: Artículo 90.-En tanto que la escaramuza cumpla con los conceptos y los valores de los ejercicios formando una rutina obligatoria de competencia, estará en libertad de diseñar la rutina como más le convenga. Artículo 91.- El
valor máximo posible de una rutina antes de puntas y adicionales es de
296 puntos. Artículo 92.-
DESCALIFICACIÓN DE LA RUTINA. Artículo 94.- De acuerdo a su diseño, los ejercicios pueden ser de los tipos que a continuación se definen: 1) AGRUPACIONES, 16 PUNTOS. Son formaciones horizontales, paralelas, diagonales, medios abanicos o circulares, de cuatro y ocho elementos. (rehiletes, carga de caballería, círculos, túneles, pasadas romanas). En el caso de ejercicios circulares, deberán dar por lo menos una vuelta completa ya formados. Los medios abanicos, deberán completar media vuelta después de estar formados. En este concepto no podrán tener más de un caballo de distancia entre las integrantes que ejecuten una agrupación. Las filas indias de ocho elementos y las de cuatro elementos, ya sea paralelas o encontradas, no son agrupaciones, pases ni rebases, se consideran preparaciones, por lo tanto no tienen valor. 2) PEINES, 16 Y 26 PUNTOS. Son ejercicios que se realizan en grupos de cuatro u ocho elementos en trayectoria paralela y encontrada, donde pasan de frente de manera intercalada, una a una, las cuatro u ocho integrantes al mismo tiempo. Los formados por cuatro elementos tienen un valor de 16 puntos, y los de ocho elementos 26 puntos. 3) CARGA DE CABALLERIA, 16 Y 26 PUNTOS. Son formaciones paralelas de cuatro y ocho elementos en una sola dirección. Las formadas por cuatro elementos tienen un valor de 16 puntos, y las de ocho elementos 26 puntos. 4) FLORES, 16 Y 20 PUNTOS. Son movimientos de cuatro u ocho elementos que tienen entrada o salida radial, de la periferia al centro o viceversa, donde hay cambio de dirección. El valor dependerá de las integrantes que cambien de dirección simultaneamente. Si la flor es de 16 puntos, por lo menos dos de las integrantes deberán cambiar de dirección simultáneamente, si es de 20 puntos, por lo menos cuatro deberán cambiar de dirección al mismo tiempo. El concepto de flores libres no existe, por lo que no será considerado como un ejercicio libre. Las ocho integrantes deberán estar en el diseño de la flor al momento de la ejecución. 5) ABANICO, 16 Y 26
PUNTOS. Es una agrupación diagonal de cuatro u ocho elementos, es
obligatorio que den una vuelta completa en el ruedo una vez que se ha
conformado en su totalidad el abanico de 26 puntos, y media vuelta una
vez armados los abanicos de 16 puntos. El valor de los abanicos
dependerá del número de elementos que los formen, los de cuatro
elementos tendrán un valor de 16 puntos, y el de ocho elementos tendrá
un valor de 26 puntos. 7) ESCALERAS, 16,
20, 26 Y 28 PUNTOS. Son ejercicios con una columna formada por una fila
de un solo sentido que podrá estar integrada por dos, tres o cuatro
elementos, a la cual cruzan el resto de las integrantes. Su valor
dependerá del número de elementos que crucen simultáneamente, los
márgenes de distancia permitidos para cada valor y el número de sentidos
en que se realiza. Las de 16 puntos cruzan dos al mismo tiempo con hasta
tres caballos de distancia, en las de 20 puntos, deberán cruzar cuatro
elementos al mismo tiempo con hasta 2 caballos de distancia, en las de
26, los ocho elementos al mismo tiempo con hasta caballo y medio de
distancia en dos sentidos, y las de 28 puntos, deberán cruzar los ocho
elementos al mismo tiempo en tres o más sentidos y hasta con caballo y
medio de distancia. La escaramuza estará en libertad de elegir el diseño
de sus escaleras en tanto cumpla con lo anterior, teniendo que cruzar
por todos los huecos de la columna, no podrán ir dos caballos pegados
hocico-cola en la columna. 8) COLADERAS, 16, 20, 26 Y 28 PUNTOS. Son ejercicios con cruces donde el eje principal es circular. Este círculo deberá estar formado obligatoriamente por cuatro elementos, mientras que los otros cuatro deberán cruzar el círculo, entrando y saliendo o sólo entrando o sólo saliendo de éste y cuándo se formen dos círculos. El cruce en el círculo puede ser de una en una y hasta con tres caballos de distancia para las de 16 puntos, de dos en dos y hasta con dos caballos de distancia para las de 20 puntos, o las cuatro al mismo tiempo con hasta caballo y medio de distancia para las de 26 y 28 puntos, las de 26 sólo entrando o sólo saliendo, y las de 28 entrando y saliendo. En cualquiera de los casos antes mencionados, el círculo inicial deberá estar formado durante un caballo y medio antes de la ejecución, y mantenerlo un caballo y medio después de ésta en cualquiera de sus valores. En las coladeras de 26 puntos que se arman en círculos de ocho elementos, cuatro deberán cruzar atravesando el círculo antes de salir. En éste mismo caso, cuándo el círculo es de ocho elementos y antes de salir cuatro giran, el cruce deberá realizarse por los cuartos traseros del caballo de atrás de la que va a girar. 9) GIROS, 16, 20 Y
28 PUNTOS. Son ejercicio donde las ocho integrantes deberán girar 180
grados como mínimo, ya sea en parejas o individualmente, a excepción del
ejercicio libre de 20 puntos, artículo 89, donde podrán girar sólo
cuatro integrantes. Cuándo éste ejercicio se realice en parejas, la
distancia no puede ser mayor a medio caballo lateral con relación a la
compañera con la que se está girando, esta distancia se toma en cuenta
desde el momento de colocarse en posición paralela con la compañera con
la que va a girar y hasta marcar la salida del giro. Cuándo la
escaramuza presenta giros en diferentes grados, deberán comenzar a girar
al mismo tiempo y la salida de éstos dependerá de los grados con que se
hayan ejecutado. Deberán señalar en las hojas de calificación y de
croquis los grados de los giros a ejecutar, los diferentes grados en un
giro, así como los giros en tablas y bocamanga, de no hacerlo así se
harán acreedoras a una sanción de 2 puntos. 10) COMBINADO, 28
PUNTOS CON CUALQUIER OTRO VALOR. Es un concepto independiente de los
otros y deberá estar conformado por un ejercicio de 28 puntos, unido a
otro de cualquier valor y se califican por separado. Podrán ejecutarse
en orden indistinto, donde se podrán repetir cualquiera de los cinco
conceptos obligatorios, así como el diseño de cualquier ejercicio de la
rutina en uno de los dos movimientos. Deberán ejecutarse uno primero, y
para enlazar el segundo no deberán recorrer más de caballo y medio. Los
dos ejercicios del combinado no deben ser iguales, el hacerlo asi es
motivo de descalificación del segundo. Artículo 95.- Los
ejercicios se clasifican en cuatro categorías de acuerdo a su valor y
deberán realizarse por las ocho integrantes a excepción del ejercicio
libre de 20 puntos, artículo 89. 1) EJERCICIOS DE 16 PUNTOS: Son aquellos con cruce de dos integrantes, giros de dos integrantes, giros individuales con distancia máxima de tres caballos entre las ocho integrantes, coladeras donde cruzan de una en una, flores donde dos integrantes cambian de sentido simultáneamente, rebases de cuatro integrantes, agrupaciones de cuatro u ocho integrantes, peines de cuatro integrantes artículo 94, inciso 1, carga de caballeria de cuatro integrantes (artículo 94 inciso 3), escaleras donde cruza un elemento a la vez. Estos ejercicios deberán realizarse con tres caballos de distancia como máximo. 2) EJERCICIOS DE 20 PUNTOS: Son aquellos con cruce de cuatro integrantes, giros de cuatro integrantes, coladeras donde cruzan dos elementos simultáneamente, flores donde cuatro integrantes cambian el sentido simultáneamente, escaleras donde cruzan dos elementos simultáneamente. Deben realizarse con dos caballos de distancia como máximo. En los ejercicios de 20 puntos que se ejecuten en dos tiempos, uno primero y otro después, deberán ser del mismo diseño los dos, aunque se realicen en diferente ubicación, momento y dirección. 3) EJERCICIOS DE 26 PUNTOS: Son ejercicios con cruce de ocho elementos en el mismo lugar simultáneamente, con dos sentidos o coladeras donde los cuatro elementos que cruzan simultáneamente en el círculo, sólo lo hacen de entrada o salida. En éste valor están incluidos el abanico, la carga de caballería y el peine como excepciones, escaleras con dos sentidos como máximo. Deberán realizarse con un caballo y medio de distancia como máximo, a excepción de el peine y el abanico, la carga de caballería, que por ser agrupaciones deberán tener una distancia no mayor a un caballo entre cada integrante. 4) EJERCICIOS DE 28 PUNTOS: Son todos aquellos que presenten cualquiera de las siguientes condiciones: cruces con tres sentidos o más, giros de ocho integrantes simultáneamente, coladera donde las cuatro integrantes que cruzan el círculo entran y salen al mismo tiempo, escaleras con más de dos sentidos. Deberán realizarse con un caballo y medio de distancia como máximo. Artículo 96.-
DESCALIFICACIÓN DE EJERCICIOS. Artículo 97.-
EXCEPCIONES EN LA DESCALIFICACIÓN DE EJERCICIOS. SALIDA.
SANCIONES Artículo 100.- DISTANCIA EN PREPARACIÓN DEL EJERCICIO Y EN SALIDA DE LA RUTINA 1 PUNTO. La preparación del ejercicio comienza al terminar la salida del ejercicio anterior y hasta caballo y medio antes del cruce, ésta distancia se marcará en el recuadro de preparación del ejercicio en turno. La salida del ejercicio comienza caballo y medio después de la ejecución hasta llegar a tablas o hacer un movimiento que señale que se dirigen al siguiente ejercicio, ésta distancia se marcará en el mismo recuadro de preparación señalándolo con una s. La salida de la rutina comienza caballo y medio después de la ejecución del último ejercicio de la rutina, y termina cuándo las ocho integrantes hacen alto total. Estas distancias se marcarán en la columna destinada para esto en la hoja de calificación. Artículo 101.-
DISTANCIA EN EJECUCIÓN, 2 PUNTOS. Durante entrada, ejecución y salida de
los ejercicios la escaramuza deberá sujetarse a los siguientes márgenes
de distancia: Artículo 102.- VELOCIDAD, 2 PUNTOS. La escaramuza deberá mantener un galope constante o realizar cambios de ritmo aumentando la velocidad en el momento de la ejecución del ejercicio. El cambio debe notarse claramente. El galope durante la preparación no deberá ser corto o tedioso. La sanción de 2 puntos por velocidad se aplicará cuándo la escaramuza caiga en un galope corto o tedioso o baje al paso (camine su caballo) una integrante o varias en cualquier momento de la rutina, a excepción de la entrada. Artículo 103.- ROCE, 2 PUNTOS. Se considera como tal, el contacto ligero de cualquier parte del caballo, montura o jinete. La infracción se aplicará cada vez que ocurra aún y cuándo suceda en un mismo ejercicio, el roce de vestidos, sombrero y las colas de los caballos no se sancionará. Artículo 104.- PARO DE INTEGRANTE, 2 PUNTOS. Se considera cuándo el caballo tiene las cuatro patas apoyadas en el piso, deteniendo el galope momentáneamente, ya sea para ejecutar algún movimiento o preparación, al voltear o cuándo se detiene para permitir el paso de una compañera. El paro de una integrante, se sancionará con 2 puntos, cuántas veces suceda por integrante, aún y cuándo sucediera varias veces en un mismo ejercicio. No confundir cuándo una integrante sostiene o baja el galope para cruzar. En los casos en las que se detienen las ocho integrantes se marcará paro de actuación. Artículo 105.- TROTE, 1 PUNTO. La infracción se aplicará cuándo uno o varios caballos pierdan el galope cayendo al trote. Se sancionará con 1 punto cada vez que esto suceda en cualquier parte de la rutina. No debe confundirse con el cambio de mano. Artículo 106.- MONTARSE A HORCAJADAS, 4 PUNTOS. Cuando alguna integrante tiene que montarse a horcajadas sin bajarse de su cabalgadura, se sancionará a la escaramuza con 4 puntos en cada ejercicio que suceda. Cuándo hay paro opcional y el cronómetro está detenido, no se aplicará ésta sanción, siempre y cuándo al momento de reanudar el cronómetro ya esté montada a mujeriegas. Artículo 107.-
PÉRDIDA DE ARREO, 2 PUNTOS. Se considera pérdida de arreo cuándo una o
varias de las integrantes pierda cualquiera de los cuerajes, textiles,
vara, accesorios extras, vestimenta, adornos de la jinete o de la
cabalgadura, inclusive cuándo éste quede colgando sin caer al suelo. Se
tomará como excepción la rasgadura de holanes, encajes y el que se rompa
la vara y la jinete conserve una parte de ésta en la mano. Los
protectores de patas y manos sólo se sancionarán cuándo se caigan o
queden colgando, no así, cuándo se rompa una de las correas o hebillas
sin que afecte la colocación de los mismos. La sanción se aplicará en el
momento que suceda o cuándo la juez se percate de la pérdida de arreo. Artículo 108.-
CAERSE CON CABALLO, 4 PUNTOS. Se considera caída con caballo aquella en
la que el animal rinda cualquier parte de su cuerpo que no sean las
extremidades, no confundir con tropiezo, siempre y cuándo no sea a
consecuencia de un choque. La caída con caballo en cualquier parte de la
rutina, se sancionará con 4 puntos. Si a consecuencia de la caída,
hubiera paro de actuación, éste no se sancionará, todas las demás
infracciones a las que se hayan hecho acreedoras antes y durante la
caída, permanecerán. Artículo 109.-
SALIDA DE INTEGRANTE, 6 PUNTOS. Se impondrá una sanción de 6 puntos
cuándo cualquier integrante de la escaramuza salga del lienzo habiendo
entrado completamente en cualquier momento de la rutina y durante las
puntas. No se detendrá el cronómetro y acumulará las sanciones a las que
se haya hecho acreedora. Artículo 110.- CASTIGO INNECESARIO, 4 PUNTOS. Se considera castigo innecesario, el golpear excesivamente con la vara la cabeza o cualquier otra parte del caballo. Se sancionará con 4 puntos cada vez que esto suceda en cualquier parte de la rutina incluyendo puntas. Artículo 111.- PARO
OPCIONAL, SIN SANCIÓN. Como se menciona, se realizará por decisión de la
escaramuza y no será sancionado. La escaramuza puede hacer alto total si
lo juzga conveniente cuándo corra peligro alguna integrante por los
siguientes motivos: Cuándo se reviente cualquier parte del freno,
cadenillas, barbada, cabezada y rienda, cualquier parte de la albarda,
cincho, pecho-pretal, cabresto, bozalillo, bozal, bajador, sombrero,
accesorios de patas y manos del caballo. Artículo 112.- PARO
DE ACTUACIÓN, 6 PUNTOS. Este ocurre cuándo se interrumpe la presentación
sin justificación alguna, como cuándo se equivocan en la rutina y paran
la actuación. No se sancionará a la escaramuza si el lienzo es invadido
por alguna gente extraña, toro, yegua o cualquier otro animal, artículo
111, choque artículos 115 y 116, caída con o sin caballo artículos 108 y
114. Artículo 113.- REHÚSE Y PARO DE MANOS, 6 PUNTOS. Se dice que un caballo se rehúsa cuándo se niega a cumplir una orden (mando) o se para de manos en cualquier parte de la rutina. Cuándo esto suceda, la escaramuza será acreedora a una sanción de 6 puntos. Cuándo el rehúse o paro de manos ocurre durante la punta, ésta será descalificada, Artículo 83. Artículo 114.-
CAÍDA SIN CABALLO, 15 PUNTOS. Esta se considera cuándo la jinete pierde
el asiento de su montura, cayendo al suelo sin caballo o cuándo quede
colgada de la albarda o atorada en el caballo en cualquier momento de la
rutina, por lo que será sancionada con 15 puntos. No se sancionará el
paro de actuación, ni la intervención de persona ajena, pero si las
demás infracciones que se cometan antes y durante la caída. El
cronómetro se detendrá y se reanudará al reiniciar la rutina. Solamente
la o las integrantes afectadas por el incidente tendrán derecho a ser
auxiliadas. Artículo 115.-
CHOQUE EN NO EJECUCIÓN. CHOQUE EN PREPARACIÓN, ENTRADA Y SALIDA DE LA
RUTINA, 10 PUNTOS. Se considerará choque cuándo a consecuencia del
contacto de dos o más caballos ocurra lo siguiente: Artículo 116.-
CHOQUE EN ENTRADA, EJECUCIÓN Y SALIDA DE LOS EJERCICIOS, 100% DEL VALOR
DEL EJERCICIO. Se considera choque cuándo a consecuencia del contacto de
dos o más caballos ocurra lo siguiente: Artículo 117.-
INTERVENCIÓN DE PERSONA AJENA, 100% DEL VALOR DEL EJERCICIO Y DE LA
PUNTA. Se sancionará con el 100% del valor del ejercicio y de la punta
si ocurre lo siguiente: Artículo 118.- NO
CUMPLIR CON LA RUTINA OBLIGATORIA DE COMPETENCIA, 25 PUNTOS. Se aplicará
una sanción de 25 puntos a la escaramuza que no cumpla con la rutina
obligatoria de competencia, artículos 86, 87 y 88, en su presentación y
ejecución por las siguientes causas: Artículo 119.- DEFECTO DE EJECUCIÓN, 2, 4 Y 6 PUNTOS. Este término significa sancionar a todos los ejercicios o movimientos que tengan errores en su ejecución por cada uno de los motivos que marca éste artículo aún y cuando sea en un mismo ejercicio. Los puntos adicionales en los ejercicios de 28 puntos no se perderán si se comete defecto de ejecución. Se sancionará con 2 puntos a los ejercicios de cualquier valor y concepto que no cumplan con caballo y medio de distancia en las entradas y salidas al estar los caballos en posición para efectuar la ejecución del ejercicio. Se sancionará con 2 puntos cuándo se realicen giros de un solo grado, giros con diferentes grados, así como cuando los giros se ejecuten en la barda o bocamanga y no sean señalados en las hojas de calificación y de croquis artículo 94. En la hoja de calificación se deberá dibujar claramente el inicio y la terminación del giro, para poder evaluar su correcta ejecución. Se sancionará con 2 puntos cuándo en los círculos de las coladeras no recorran caballo y medio antes y después de la ejecución artículo 94. Se sancionará con 4 puntos a los giros por realizarlos a destiempo, así como cuando los ejecuten un mínimo de seis integrantes debido a un error o percance estando las ocho integrantes dentro del lienzo o ruedo, además de todas las sanciones en las que se incurran. Se sancionará con 6 puntos a todos los demás ejercicios o movimientos de cualquier valor y concepto que tengan errores de ejecución y destiempo de un caballo en el momento de la realización del mismo, así como cuando un ejercicio lo ejecuten un mínimo de seis integrantes debido a un error o percance estando las ocho integrantes dentro del lienzo o ruedo además de todas las sanciones en las que se incurran. El defecto de ejecución se aplica cuándo al ser realizados los movimientos no cumplan con alguna de las siguientes condiciones: EN EJERCICIOS DE 16
PUNTOS: EN EJERCICIOS DE 20
PUNTOS: EN EJERCICIOS DE 26
y 28 PUNTOS: Además, por las siguientes razones por concepto: Coladeras. Giros Escaleras Cruces. Abanico. Generalidades. PUNTOS ADICIONALES. Estos ejercicios se tendrán que preparar desde las tablas al centro del ruedo las ocho integrantes sin movimiento intermedio, es decir ir directamente de tablas al lugar de la ejecución. Si para ejecutar los giros van de tablas al centro y forman un círculo antes de girar o tienen un ligero cambio de trayectoria antes del cuaje, se les otorgarán los adicionales siempre y cuándo el círculo o el cambio de trayectoria no recorra más de caballo y medio de preparación. Si para ejecutar escaleras, coladeras y cruces van de tablas a centro y existe un ligero cambio de trayectoria antes de la intersección, se les otorgarán los adicionales siempre y cuándo éste cambio sea a un caballo y medio o menos del momento preciso de la ejecución. A los ejercicios
combinados se otorgarán adicionales si cumplen con lo siguiente: Los puntos
adicionales se otorgarán de la siguiente manera: DECIMALES Y
DESEMPATES. Artículo 122.- Desempates. Se resolverá otorgándole el triunfo a la escaramuza que en su hoja de calificación tenga menos infracciones en su rutina, de persistir será la que tenga más adicionales en su rutina, de persistir, la que tenga más giros de 28 puntos sin considerar los grados que se giren, de subsistir será la que tenga la suma más alta en el total de puntas, y por último si persiste, la calificación oficial inmediata anterior.
RESUMEN DE
PUNTUACIONES.
RESUMEN DE
DESCALIFICACIONES. DE LAS INTEGRANTES: DE LA PUNTA: DE LA RUTINA: DE LOS EJERCICIOS: RESUMEN DE
SANCIONES. SE SANCIONARÁ CON 2
PUNTOS POR: SE SANCIONARÁ CON 4
PUNTOS POR: SE SANCIONARÁ CON 5
PUNTOS POR: SE SANCIONARÁ CON 6
PUNTOS POR: SE SANCIONARÁ CON
10 PUNTOS POR: SE SANCIONARÁ CON
15 PUNTOS POR: SE SANCIONARÁ CON
25 PUNTOS POR:
REGLAS DE COMPETENCIA PARA ESCARAMUZAS INFANTILES. Las escaramuzas
infantiles se califican bajo las normas del reglamento oficial para
damas y escaramuzas charras con las diferencias que a continuación se
mencionan. 2. – El año deportivo de las infantiles será desde su primera competencia hasta que termine el año, si en el transcurso de éste año rebasa la edad límite, podrá seguir compitiendo con esa escaramuza hasta que termine el año deportivo. 3.- Es obligación
de la capitana entregar la documentación completa de su escaramuza antes
de cada competencia, la cual consiste en: 4.- La distancia máxima permitida en los ejercicios de 20, 26 y 28 puntos será de dos caballos. Si la escaramuza se excede en esa distancia se sancionará con el defecto de ejecución que corresponda. 5. En ningún caso se sancionará la intervención de persona ajena. Unicamente su instructor(a) podrá colocarse dentro del lienzo o ruedo, pudiendo darles órdenes sin ser sancionada la escaramuza. No se permite ningún tipo de contacto físico en puntas o ejecución de los ejercicios con las integrantes o sus cabalgaduras, ya que será motivo de descalificación del equipo. 6.- No se sancionará el cambio de ritmo o velocidad. Solamente será sancionado cuándo bajen el galope al paso, (caminen sus caballos), una o todas, la velocidad será sancionada en cada ejercicio que suceda. 7.- El margen de tiempo máximo para la presentación de su rutina será de 11 minutos sin tolerancia. 8.- La calificación de las puntas será igual a la de la categoría libre, a excepción del punto adicional referente a la velocidad, ya que no estarán obligadas a llevar el caballo a toda velocidad y de cualquier manera obtendrán el punto adicional, siempre y cuándo conserven el galope en todo momento. Cuándo la integrante baje al paso (camine su caballo), no se le dará éste adicional. 9.- A las escaramuzas infantiles, la juez responsable explicará las calificaciones a la capitana y a su instructor(a) si lo solicitan, éste deberá portar el atuendo charro o de adelita, estar federado, y podrán copiar la hoja de calificación si así lo desean. 10.- Las escaramuzas infantiles que hayan competido en su campeonato estatal tendrán derecho a competir en el campeonato infantil, a menos que la convocatoria dictamine algo diferente, o la Federación Mexicana de Charrería, A.C. acuerde y circule otro procedimiento. “Patria y Tradición”
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